Llevo un año ocupándome de mis finanzas.
Preocupándome activamente de sacar más rendimientos a mi dinero y controlando mis gastos.
Estoy pensando en diversificar mis inversiones para reducir riesgos. Como se suele decir, no es bueno poner todos los huevos en la misma cesta.
Pero, ¿qué pasa con mis ahorros?
Ahora me he dado cuenta que nunca he considerado la posibilidad de quiebra de mi banco.
¿Está mi dinero seguro?, ¿qué ocurre con él si mi banco quiebra?
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Bueno, pues estas preguntas, que para otro pueden estar muy claras, yo me las acabo de hacer y me he quedado un poco más tranquila al encontrar la respuesta. Los FGD.
En España, (al igual que en otros países), existe un sistema de garantía de depósitos, los Fondos de Garantía de Depósitos (FGD), encargado de garantizar a los depositantes de las entidades de crédito adheridas al fondo, que recuperarán sus depósitos, hasta los límites establecidos, en caso de que la entidad de crédito entre en situación de insolvencia. También se encargan de reforzar la solvencia y funcionamiento de la entidad en dificultades, para defender los intereses de los depositantes y del propio FGD.
Se distinguen tres fondos, uno para bancos, otro para cajas de ahorro y un tercero para cooperativas.
Fondo de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios (FGDEB). (Aquí tienes la relación de entidades integradas en este fondo de garantía)
Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro (FGDCA)(Aquí tienes la relación de cajas de ahorro integradas en este fondo de garantía)
Fondo de Garantía de Depósitos en Cooperativas de Crédito (FGDCC) (Aquí tienes la relación de cooperativas de crédito integradas en este fondo de garantía)
¿Cuando entra en ejecución la garantía?
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Cuando una entidad de crédito, de las que integran el Fondo de Garantía de Depósitos, es declarada en concurso de acreedores o se han producido impagos de depósitos vencidos y exigibles y el Banco de España determina que la entidad no tiene perspectivas de poder pagarlo en un futuro inmediato.
¿Qué cubre el Fondo de Garantía de Depósitos?
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a. El dinero que hay en las cuentas de los clientes y los certificados de depósitos nominativos.
b. Los valores negociables e instrumentos financieros que el cliente ha confiado a la entidad de crédito para ser depositados, registrados o para realizar algún servicio de inversión.
Lo que un fondo de garantía no cubre es la perdida de valor de la inversión. Es decir, si yo compro acciones de Telefónica a 18,55 y bajan de valor a 14,25, el fondo de garantía no me cubre esa perdida, yo tengo que ser consciente del riesgo que corro al invertir.
¿Cuánto dinero garantiza el Fondo de Garantía de Depósitos?
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Se garantiza un importe máximo de 100.000 euros por depositante en cada entidad de crédito. Si una cuenta tiene dos o mas titulares se cubriría un máximo de 100.000 por cada titular.
También se garantiza hasta un máximo de 100.000 euros de los valores negociables o instrumentos financieros que cada inversor ha confiado a la entidad (independientemente del importe garantizado en el punto anterior).
Conclusiones que he sacado de esto:
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1. Comprueba que las entidades financieras con las que trabajas están adheridas al Fondo de Garantía de Depósitos.
2. Si trabajas con otra entidad financiera que no esté integrada en este fondo, comprueba la garantía que te da.
Por ejemplo, ING Direct no aparece en la lista de bancos, pero puedes comprobar que opera bajo la supervisión del Banco Central de Holanda y pertenece al Sistema de Garantía de Depósitos Holandés, lo que implica una protección de hasta 100.000 euros por titular, que es la misma cantidad que se garantiza en España.
3. Si tus ahorros superan los 100.000 euros, repártelos en distintas entidades, de manera que no supere esta cantidad en ninguna de ellas. Yo de momento estoy muy lejos de aplicar esta medida.
Información sacada de:
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