Los Valores del Tesoro tienen más teclas que las que pensaba cuando empecé esta sección de artículos.
Creía que sólo se trataba de adquirir o Letras del Tesoro o Bonos y Obligaciones del Estado.
Pero es mucho más. Es todo un mundo.
No me imaginaba que existieran tantas formas diferentes de invertir en Valores del Tesoro.
Ya he hablado de unas cuantas: forma de adquirirlos, forma de vender los valores adquiridos, los Strips de Deuda Pública y el de la semana pasada Fondtesoro.
Hoy añadiré a la lista otra forma de inversión en Valores del Tesoro. Las Repos.
Las Repos son adquisiciones Temporales de Valores del Tesoro. Es decir, son compras de Valores del Tesoro por un determinado periodo de tiempo, que puede ser días, semanas o meses.
El inversor adquiere los Valores por un precio determinado en una Entidad Financiera. Esta Entidad se compromete a recomprarle al inversor los valores transcurrido el periodo de tiempo especificado en el contrato de compra, y a un precio ya pactado.
De manera que el Inversor conoce desde el principio la rentabilidad que obtendrá, la diferencia entre el precio de la recompra menos el precio por el que lo compró.
Vamos es como si el inversor hiciera de prestamista a la Entidad Financiera. Le presta el dinero, durante el periodo pactado tiene como garantía del préstamo los Valores adquiridos y al finalizar el plazo la Entidad Financiera le devuelve lo prestado más los intereses recuperando los Valores.
Así que las Repos son una inversión en renta fija (se conoce la rentabilidad que se obtendrá desde el primer momento) y de corto plazo (el periodo de tiempo suele ser inferior a un año).
Como en toda inversión hay un riesgo. Este riesgo depende principalmente de la solvencia del emisor del título, aunque aparentemente hemos adquirido el título en la Entidad Financiera, el responsable es el emisor del título, que en el caso del los Valores del Tesoro, se trata del Estado.
Respecto a la liquidez de las Repos, en caso de necesitar recuperar el dinero invertido antes de finalizar el periodo, se tendrá que negociar con la Entidad Financiera para que adelante la recompra. Esto puede suponer que nos penalicen recortando los intereses que obtendríamos si hubiéramos finalizado el plazo.
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